02 noviembre 2006

El internauta absuelto tenía 6.780 álbumes de música en MP3


El internauta de Santander al que una juez ha absuelto del delito de propiedad intelectual que se imputaba por descargar canciones y compartirlas a través de la red, tenía en su casa cuando fue detenido 6.780 álbumes de música diferentes, según consta en la acusación que formuló contra él la Fiscalía.

Este usuario de internet, cuyas siglas son J.M.L.H., se enfrentaba a una condena de dos años de cárcel, 7.200 euros de multa y otros 18.361 euros de indemnización a la asociación de editores Promusicae (antes Afive) por un delito contra la propiedad intelectual, pero ha sido absuelto, porque la juez que lo ha juzgado considera que no había ánimo de lucro en su conducta.

La fiscal jefe de Cantabria, Pilar Martín Nájera, explicó hoy a Efe que el Ministerio Público formuló cargos porque tenía indicios de que obtenía dinero en sus intercambios, ya que disponía de correos que así parecían sugerirlo y porque, bajo su punto de vista, esa era la explicación al gran volumen de canciones que almacenaba.

De hecho, el fiscal que se ocupó del caso dejó constancia en su escrito de acusaciones que la Policía se incautó el 9 de febrero de 2001 en casa del acusado de 625 discos en los que estaban almacenados 6.780 álbumes musicales diferentes, en el formato MP3. "No era un internauta que se había descargado unas cuantas canciones, es que tenía casi 7.000 álbumes", señaló la fiscal jefe.

El internauta santanderino J.M.L.H. fue inculpado como derivación de una operación contra la piratería iniciada en 2001 contra la página web http://geocities.com/razcaal. El responsable de ese sitio, J.C.C.C., sí recibió una sentencia condenatoria en mayo del añopasado en el Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia.

Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha considerado que J.M.L.H. no estaba relacionado con esa página web, más allá de haber intercambiado unos correos con su responsable.

Por eso, su sentencia se limita a examinar si constituye o no delito que se descargase de internet música sin permiso de los dueños delos derechos y que la intercambiase con otros usuarios.

La juez Paz Aldecoa sostiene en su sentencia que en esos intercambios de canciones y discos no mediaba precio: "La ostentosa proclamación en sus múltiples mensajes de correo enviados no es en ningún caso comercializar con el material audiovisual del que dispone, sino simplemente hacerse con copias de productos que le interesan bien a través de descargas en la red o bien mediante el intercambio con otros usuarios de internet", razona.

La magistrada defiende que, si no hay ánimo de lucro, las descargas en internet no constituyen "una infracción merecedora de sanción penal" y subraya que "entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muyextendidos en los que en ningún caso el fin es el enriquecimiento ilícito", sino "obtener copias para uso privado".

La sentencia está fechada el 14 de julio, pero se notificó a los interesados a finales de septiembre y comenzó a circular por distintos foros y páginas de internet en octubre.

Tanto Promusicae como la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (Adese) han expresado su voluntad de apelarla ante la Audiencia de Cantabria, pero por el momento la causa sigue en el Juzgado de lo Penal número 3, pendiente de que se resuelva un recurso de aclaración.

Ese recurso ha sido formulado por el propio internauta, a quien la juez absuelve, pero le requisa sus discos y ordena destruirlos.

La fiscal jefe de Cantabria explicó a Efe que esperarán a que se resuelva ese recurso para decidir si también impugnan la sentencia. La Fiscalía valorará entonces si pide a la Audiencia que revise los hechos probados y declare que si existía lucro o si, por el contrario, se da por conforme con ese relato de hechos y aplica la circular enviada a todos los fiscales en mayo pasado por el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, sobre este tipo de delitos.

Esa circular dice: "La utilización de nuevas tecnologías para la comunicación u obtención de obras protegidas, tales como las de colocar en la red o 'bajar' de internet o las de intercambio de archivos a través del sistema P2P, sin perjuicio de que pueda constituir un ilícito civil, frente al que los titulares podrán ejercitar las correspondientes acciones en dicha vía, no reúnen, en principio, los requisitos para su incriminación penal si no concurre en ellas un ánimo de lucro comercial".

De momento, la repercusión que ha tenido la sentencia ha hecho que el Juzgado número 3 de Santander haya estado recibiendo durante toda la mañana llamadas de despachos de abogados, pero también de numerosos usuarios particulares, interesados por hacerse con una copia del fallo, confirmaron a Efe fuentes judiciales.
YouTube espera estar disponible en dispositivos móviles en 2007


YouTube, la popular página web de intercambio de videos, anunció que espera lanzar un servicio para dispositivos inalámbricos dentro de un año.

Chad Hurley, cofundador y presidente ejecutivo de YouTube, comentó en una conferencia publicitaria que ofrecer servicios de video en teléfonos móviles es una oportunidad crucial para la compañía.

"En el próximo año esperamos tener algo para dispositivos móviles, que es un mercado descomunal. Es una transición natural," comentó Hurley, en una de sus primeras intervenciones tras la compra de la empresa por Google Inc. en 1.650 millones de dólares.

En mayo, la empresa lanzó YouTube To Go, que permite a los usuarios colgar videos directamente desde sus teléfonos.

Ya en la actualidad, muchos de los videos que se observan en YouTube son grabaciones de los internautas realizadas con sus móviles. La nueva aplicación permitiría a los clientes compartir los videos directamente en la comunidad YouTube a través de sus teléfonos.

El sitio permite a sus clientes colgar y compartir archivos personales, pero en las últimas semanas ha tenido problemas con algunas casas discográficas y cadenas de televisión. Algunos de sus usuarios han colgado ilegalmente videos musicales o programas de televisión con derechos de autor.


El pasado viernes, Viacom envió una carta a YouTube pidiendo que retirase varios fragmentos de las actuaciones de los cómicos Jon Stewart y Stephen Colbert en su popular programa Comedy Central.

Hurley señaló que YouTube va por delante de sus competidores al ser el primero en aceptar el Digital Millennium Copyright Act (ley de derechos de autor para medios digitales para el nuevo milenio) y señaló que los archivos se quitan del sitio tan pronto como el propietario del derecho de autor alerta a la empresa.

La enorme popularidad de YouTube, donde se ven más de 100 millones de videos al día, ha llevado a las empresas de medios a pensar en tomar medidas legales.

El mes pasado, el mismo día que se anunció la venta a Google, YouTube confirmó que había llegado a acuerdos de contenido con empresas de entretenimiento, como Universal Music, Sony BMG Entertainment y CBS Corp. . Antes había dado a conocer un pacto similar con Warner Music .
Gmail for Your Domain With 15 GB?


Some users of Google Apps for Your Domain report that their Gmail accounts have 15 GB of storage space. There are at least two people who noticed it, so it's hard to consider this a mistake.

Officially, Gmail accounts included in Google Apps for Your Domain have 2 GB. Does Google want to be generous or it's just an original promotion for a paid service, with a big storage and support?



Nueva sentencia favorable para la descarga de música 'online'


La juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha absuelto a un internauta, acusado de descargar y compartir música a través de internet. En su resolución, la magistrada señala que dicha práctica no es constitutiva de delito, puesto que no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho a la copia privada.

Según la sentencia, el considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro 'implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos, y además muy extendidos en los que el fin no es, en ningún caso, el enriquecimiento ilícito, sino sólo el de obtener copias para uso privado. El internauta encausado (con las iniciales J. M. L. H.) fue procesado por descargarse de Internet álbumes musicales, por obtener copias digitales de los discos, y por ofrecerse a intercambiar su colección con otros usuarios a través de chats y de correos electrónicos. El litigio había sido puesto en marcha por las denuncias del Ministerio Fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve) y la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (Adese).

La fiscalía había pedido para el encausado una pena de dos años de cárcel, una multa de 7.200 euros y el pago de una indemnización a Afyve de 18.361 euros, además de otras, por un importe económico que se fijaría posteriormente, para Adese y la Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ámbito Nacional (Adivan).
YouTube y MySpace bloquean los contenidos protegidos por el Copyright


Los sitios web YouTube y MySpace fueron intimados a retirar de sus servidores los archivos que se encuentren cubiertos bajo los derechos de autor, por lo que implantarán medidas destinadas a impedir que los usuarios suban material con copyright.

La red social MySpace, perteneciente a News Corp., fue intimada por la industria musical a eliminar las canciones que estaban disponibles en el sitio web. Por lo tanto, anunció una alianza con la empresa Gracenote (responsable de C Database), para desarrollar un software que logre identificar y bloquear la subida de este tipo de contenidos.

Los usuarios que intenten violar esta decisión serán bloqueados (y sus cuentas serán eliminadas) mientras que aquellos que deseen escuchar o bajar algún tema deberán abonar la descarga, tal como se realiza en otras tiendas online de música, como iTunes o Urge.

Por su parte, el portal web de videos YouTube fue demandado por el multimedios Viacom, luego de la publicación de los videos de series cuyos derechos pertenecen al canal de cable Comedy Central y eliminó cada uno de los archivos en cuestión.

Además, YouTube comenzó a restringir la subida de videos por parte de los usuarios, solo aceptando aquellos archivos que ocupen hasta 100 megabytes o que posean una duración no superior a los 10 minutos.